El máximo tribunal pone punto final a un privilegio perjudicial para la actividad tabacalera

La Corte Suprema revocó un fallo que beneficiaba a Tabacalera Sarandí y le permitía pagar menos impuestos

Había obtenido una medida cautelar contra la reforma de una ley durante el gobierno de Mauricio Macri.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó hoy una medida cautelar que beneficiaba a una empresa tabacalera para no pagar una nueva regulación de impuestos internos que fijó el Congreso de la Nación. El máximo tribunal sostuvo que la compañía no demostró un perjuicio concreto y que una norma del Poder Legislativo no puede suspenderse con una medida cautelar.

Se trata del caso que inició en la justicia “Tabacalera Sarandí”, que entre otras marcas de cigarrillos comercializaba Red Point, contra una reforma a la ley ley 24.674 de impuestos internos durante el gobierno de Mauricio Macri que estableció un aumento del 70 por ciento en esos tributos. La compañía alegó que la medida significaba un incremento en el precio al público de sus productos que la ponían en desventaja frente a empresas internacionales.

Ver nota en El Tribuno
Ver nota en Infobae
Ver nota en La Nación
Ver nota en Perfil
Ver nota en Misiones Online
Ver nota en Clarín