Los productores que cultiven tabaco y contraten mano de obra, deberán solicitar el alta como beneficiarios del Convenio de Correponsabilidad ante la Cámara del Tabaco de Salta, hasta el día 15 de cada mes, para gozar de los beneficios del mismo.
Para ello resulta imprescindible que estén debidamente inscriptos en el Fondo Especial del Tabaco.
Es conveniente que este trámite se realice con la debida anticipación, para evitar tener que hacer rectificaciones ante la AFIP y eventualmente, ser pasible de sanciones.
Debe tenerse muy en cuenta el artículo 5°de la Resolución Conjunta Nº4135/17 de la AFIP y la Secretaria de Seguridad Social, que dice que “Los empleadores podrán presentar declaraciones juradas rectificativas de los recursos de la seguridad social hasta NOVENTA (90) días corridos siguientes al vencimiento general fijado por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS para el cumplimiento de tales obligaciones, respecto de los trabajadores incluidos en Convenios de Corresponsabilidad Gremial”