1. Inscripción del empleador
Modalidad de registración:
La única modalidad de registración de empleador es vía online y consta de dos partes.
1. Presentación online:
El empleador carga todos los datos referentes a la inscripción utilizando el portal: https://empleadores.renatea.gob.ar
Sube la documentación al sistema, mediante el modulo documentación Registración empleador.
Imprime y adjunta el formulario a la documentación que digitalizó y lo lleva a la delegación más cercana.
NOTA: si carga todos los datos y sube la documentación, ya estará habilitado para operar en el portal de empleadores por un periodo de 60 días. La inscripción se considera provisoria hasta que presente la documentación físicamente en la delegación.
2. Presentación en delegación:
El empleador presenta la documentación físicamente en la delegación que le corresponde, junto con el formulario impreso y firmado.
NOTA: Una vez que realice la presentación de la documentación físicamente en la delegación se puede considerar inscripto definitivamente al empleador.
Documentación necesaria para inscribir un empleador
* Formulario completo en Web, firmado por quien corresponda.
* Fotocopia simple de la constancia de CUIT del empleador.
Si fuera propietario: fotocopia simple de boleta de rentas del predio o establecimiento.
En caso de no tenerla, acompañar fotocopia de la escritura que acredite la titularidad del mismo.
Si fuera arrendatario: fotocopia simple del contrato de arrendamiento.
Si fuera contratista: acompañar declaración jurada de la maquinaria que utiliza.
Respecto de las pólizas de seguro de vida – ley 16.600 (sólo para trabajadores agrarios permanentes)
fotocopia simple de la póliza o del último comprobante de pago.
Respecto a la persona que suscribe el formulario, fotocopia simple del DNI 1º y 2º hoja.
En caso de no ser el empleador el que suscribe, sino su representante legal, deberá acompañar
fotocopia simple del poder vigente que lo autoriza.
En caso de ser persona jurídica, deberá acompañar fotocopia simple del acta de designación de autoridades vigente donde conste el carácter invocado por el firmante.
PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿La presentación de cupones online reemplaza a la libreta?
No, la presentación online de cupones no reemplaza a la libreta; ambos trámites son obligatorios. Los cupones generados de manera online se imprimen y se pegan dentro de la libreta y son el único comprobante que le queda al trabajador cuando se termine la relación laboral y el empleador le devuelva la libreta al trabajador.
2. ¿Puedo presentar cupones online de períodos atrasados?
Si, el sistema permite cargar cupones de períodos atrasados.
¿Cuando el trabajador se va debo devolverle la libreta?
SI, siempre. Es la obligación del empleador devolverle la libreta al trabajador una vez concluida la relación laboral y la misma debe tener dentro todos los comprobantes (cupones) de los períodos trabajados.
3. Las libretas viejas de color verde, ¿debo renovarlas?
Si, acérquese a la Delegación RENATEA más cercana y realice el trámite.
4. ¿Cómo puedo tramitar una nueva libreta para un trabajador?
Si posee la vieja libreta está completa y no tiene más espacio para pegar los cupones; acérquese a una Delegacion RENATEA más cercana con el “Talón para solicitud de nueva libreta” (el cual se encuentra dentro de la misma); o con la libreta vieja.
Adjunte la documentación respaldatoria del trabajador y de la relación laboral (Alta o recibo de sueldo), y solicite la nueva libreta.
5. ¿Qué hago si el trabajador está inscripto, pero su libreta esta extraviada?
Debe acercarse a la Delegacion RENATEA más cercana con la denuncia de extravío de la libreta ante la autoridad pertinente (policía; juzgado de paz). A esto debe adjuntarle la documentación respaldatoria del trabajador y de la relación laboral (Alta o recibo de sueldo), y solicite la nueva libreta.